Jurisprudencia
Decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el procedimiento entre Confederación Nacional de Centros Especiales de Empleo (Conacee) y Diputación Foral de Gipuzkoa.
El TJUE viene a confirmar la legalidad de las diferenciaciones de trato establecidas en la normativa de contratación pública española en relación con la reserva de contratos a centros especiales de empleo de iniciativa social, siempre que se cumplan determinados requisitos que no vulneren los principios básicos comunitarios. Y ya la propia sentencia avanza que no se vulnerarían en este caso si, como ha motivado el Gobierno español en el procedimiento, los CEE de iniciativa social cumplen de manera más eficaz el objetivo de integración social perseguido por la directiva europea, por lo que los requisitos adicionales impuestos por el Estado español en la Disposición Adicional 4ª de la LCSP en favor de los CEE de iniciativa social serían conformes con el artículo 20 de la Directiva 2014/24/UE.
Gebroeders Beentjes BV contra Estado de los Países Bajos.
Se reconoce, por vez primera, la posibilidad de considerar como válidas las cláusulas incluidas en los anuncios de licitación de concursos públicos que persigan objetivos sociales (en aquel caso, el empleo de parados de larga duración)
Concordia Bus Finland Oy Ab, antes Stagecoach Finland Oy Ab contra Helsingin kaupunki y HKL-Bussiliikenne.
Comisión de las Comunidades Europeas contra República Francesa. Construcción y mantenimiento de edificios escolares en la Région Nord-Pas-de-Calais y el département du Nord.
EVN AG y Wienstrom GmbH contra Republik Österreich.
Petición de decisión prejudicial: Bundesvergabeamt - Austria.
Comisión Europea contra Reino de los Países Bajos.
El Derecho de la Unión no se opone, en principio, a un contrato público para el cual el poder adjudicador exige o desea que determinados productos que se suministren procedan de la agricultura ecológica o del comercio justo.