Decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el procedimiento entre Confederación Nacional de Centros Especiales de Empleo (Conacee) y Diputación Foral de Gipuzkoa.
El TJUE viene a confirmar la legalidad de las diferenciaciones de trato establecidas en la normativa de contratación pública española en relación con la reserva de contratos a centros especiales de empleo de iniciativa social, siempre que se cumplan determinados requisitos que no vulneren los principios básicos comunitarios. Y ya la propia sentencia avanza que no se vulnerarían en este caso si, como ha motivado el Gobierno español en el procedimiento, los CEE de iniciativa social cumplen de manera más eficaz el objetivo de integración social perseguido por la directiva europea, por lo que los requisitos adicionales impuestos por el Estado español en la Disposición Adicional 4ª de la LCSP en favor de los CEE de iniciativa social serían conformes con el artículo 20 de la Directiva 2014/24/UE.