elboletin.com 09.09.20
Los pliegos, detalla CCOO, que presentó un recurso al respecto, “tenían una insuficiencia económica que impedía afrontar los gastos salariales reales del personal actual, deficiencia que en algunos casos superaba en un 50% del coste inicial presupuestado. Según se recoge en la resolución del Tribunal, “los costes de la mano de obra son inferiores a los realmente existentes, lo que conlleva un recorte en precio por parte de la Administración que necesariamente se trasladará a los trabajadores con una pérdida de sus derechos económicos y sociales”.
“Resulta absolutamente contradictorio reconocer la existencia de diferentes convenios colectivos de los trabajadores de limpieza de los distintos hospitales y centros, para permitir a los licitadores una exacta evaluación de los costes laborales que implicará la subrogación”, continúa el mencionado órgano.
La Comunidad de Madrid había realizado, afirma el mencionado sindicato, los cálculos en base al Convenio del sector de Limpieza de Edificios y Locales, “económicamente muy por debajo de los convenios propios que tiene cada centro hospitalario”.
En los pliegos tampoco se recogían de manera correcta y actualizada las plantillas actuales, ni los contratos de los trabajadores ni las antigüedades de los mismos. El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso “tampoco cumplía la Ley en lo que se refiere a los criterios de adjudicación, valorando en un 70% criterios económicos, y sin incluir cláusulas sociales, que determinen que al menos el 51% de la valoración se realizará por criterios de calidad”. Así lo recoge la resolución: “la fijación de la ponderación del criterio de adjudicación no incluye ningún criterio social, imponiendo explícitamente el art. 145 de la LCSP que los criterios relacionados con la calidad han de representar por lo menos un 51 % de la puntuación, obligación que se ha infringido totalmente, y que por sí misma debe invalidar la convocatoria de licitación ahora recurrida”.
Para la sección de Construcción y Servicios de CCOO de Madrid los pliegos de condiciones elaborados por la Comunidad “suponían un ataque frontal a los derechos sociales y económicos los trabajadores y trabajadoras, y a la limpieza de los hospitales” en un momento marcado por el Covid-19, “y un perjuicio y un riesgo para la ciudadanía, que se vería directamente afectada, además de un ataque más contra la sanidad pública, buscando su deterioro y su descrédito”.
Los hospitales, junto con sus centros sanitarios de referencia, están agrupados en siete lotes:
Lote 1: Hospital Universitario Ramón y Cajal (Hospital, Centro de Especialidades Periféricas San Blas, Centro de Especialidades Periféricas Emigrantes, Centro de Salud Mental San Blas, Centro de Salud Mental Ciudad Lineal, Centro de Salud Mental Hortaleza y Centro de Salud Mental Barajas).
Lote 2: Hospital Universitario Infantil Niño Jesús
Lote 3: Hospital Universitario La Princesa (Hospital, Centro de Especialidades Hermanos García Noblejas y Centro de Salud Mental Chamartín)
Lote 4: Hospital Universitario Príncipe de Asturias (Hospital y edificio Urgencias, Centro de Salud Mental Puerta de Madrid y Centro Integral de Diagnóstico y Tratamiento Francisco Díaz)
Lote 5: Hospital Universitario de Getafe (Hospital, Centro de Especialidades Los Ángeles y Centro de Salud Mental)
Lote 6: Hospital El Escorial (Hospital y Centro de Especialidades San Carlos)
Lote 7: Hospital General Universitario Gregorio Marañón (Determinadas instalaciones del hospital)