Valenciaextra.com 22.02.19
La clave de esta nueva Ley de Contratación del Sector Público es que no es un mero instrumento para llevar a cabo servicios sociales y obras, sino que tendrá un papel decisivo a la hora de diseñar políticas públicas, a través de la inclusión de cláusulas sociales, ambientales y laborales en la contratación. Así, se marcan unos requisitos mínimos estandarizados sociales o éticos para las empresas que sean contratadas por el Ayuntamiento para llevar a cabo servicios públicos.
El Ayuntamiento continuará incorporando a los contratos públicos las denominadas cláusulas sociales, ambientales, de innovación y lingüísticas en las diferentes fases del procedimiento de licitación, como ha explicado esta mañana el concejal de Gobierno Interior, Sergi Campillo. Se utilizarán contratos reservados, criterios de adjudicación, criterios de preferencia y ciertas condiciones especiales de ejecución. Estas últimas no puntuarán, se trata de condiciones que el contratista debe cumplir de manera obligatoria. Ha resultado necesario el análisis y la mejora de criterios, fijar protocolos y metodologías para un mejor control durante las fases de contratación.
Para la redacción de la Instrucción de Contratación Pública Responsable, fue necesaria asistencia técnica, así como la colaboración de Servicio de Cooperación al Desarrollo y Migración, el Servicio de Igualdad y Políticas Inclusivas o el Servicio de Bienestar Social e Integración, entre otros. La nueva Instrucción, que acaba de ser aprobada por la Junta de Gobierno Local, es un documento cuyo único objetivo es listar y señalar la totalidad de opciones y cuestiones relacionadas con la contratación, agilizar el proceso e incorporar de manera transversal los criterios sociales y medioambientales.
El concejal ha recalcado que esta inclusión proporciona una mayor eficiencia en la utilización de fondos públicos y un impulso para la mejora social y el compromiso de las empresas con las personas en situaciones de vulnerabilidad y con el medio ambiente. Con este fin, se incorporan prohibiciones como contratar a empresas con más de 50 personas en la plantilla que incumplan la obligación de contar con al menos un 2% de personas trabajadoras con discapacidad del 2% o superior; o a empresas con más de 250 personas en plantilla que no hayan seguido un Plan de Igualdad.
En cuanto a los criterios de adjudicación, en cada caso se tiene que adaptar al proyecto concreto, deberá adaptarse al sector de actividad, importe y plazo de la ejecución del contrato, etc. Cada cláusula social deberá acompañarse en los pliegos de un verificador asociado, acreditando el cumplimiento por parte de la empresa de los criterios sociales y se establecerá un margen de incumplimiento para rescindir del contrato.
Como norma general, además, se establece que la ponderación del criterio económico no podrá ser superior al 50% del total del baremo, excepto que se justifique debidamente en el expediente. Esto es un punto importante, debido a que en repetidas ocasiones el precio ha tenido más peso en el proceso de contratación, en detrimento de la calidad, sobre todo en el caso de las obras públicas y no tanto en el sector servicios, como ha explicado Campillo. Para la asignación de la puntuación del criterio económico, se establecerá una fórmula lineal, ya que es posible su cuantificación sin necesidad de un juicio de valor, a diferencia de otros conceptos como la calidad de los materiales o la ética de la empresa.
Una guía inclusiva de clausulado social
También hoy se ha aprobado una Guía Práctica, completamente particularizada y coherente con la Instrucción, que establece un amplio número de ejemplos y temáticas, con recomendaciones para su fácil inclusión y separado por temas. Podrá ser adaptada, mejorada y ampliada sin necesidad de formalismos, y está preparada para ser copiada y pegada, agilizando el procedimiento.
Disociar la Guía y la Instrucción facilita la implantación de la contratación pública responsable y en particular el trabajo del personal técnico. Así la Guía puede ser modificada sin precisar un nuevo acuerdo, podrá estar en mejora continúa; además permite incluir nuevas cláusulas opciones y variantes para particularizar cada objeto del contrato. También la Guía será intuitiva para quien la consulte, sin que sea necesario leer o comprender previamente todo el texto. Esta guía la podrá consultar cualquier persona a través de un documento navegable en PDF, con links en el índice que permitirán dirigirse directamente al apartado que se busque.
Con todo esto, se pretende que la Instrucción sea un marco de referencia regulador, y la Guía un instrumento práctico en manos de la ciudadanía, las empresas y las instituciones públicas, haciendo que las contrataciones del Ayuntamiento sean más responsables y conscientes con la sociedad.
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