compromisoempresarial.com 22.01.19
En Canadá, The Foundation for Student Science and Technology prepara líderes del mañana. Su visión es motivarles mediante el avance de su conocimiento de todo tipo de demandas y desafíos profesionales en ciencia y tecnología.
Su misión es proporcionar oportunidades de aprendizaje y desarrollo mediante:
- La conexión de ideas y personas en todo el espectro de la educación, las empresas públicas y privadas y la ciencia y la tecnología.
- La inversión en el desarrollo temprano de la carrera de estudiantes dotados para la ciencia y tecnología.
- La construcción de nuevos programas que emulan las circunstancias del mundo real y ayudan a mejorar las posibilidades de éxito de los estudiantes.
Uno de sus proyectos más innovadores es al apoyo para jóvenes autistas. De acuerdo con un estudio sobre autismo, estos jóvenes suelen sentirse atraídos y tener un don para la CTIM (es el acrónimo que sirve para designar las disciplinas académicas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas).
La Fundacion para Estudiantes de Ciencia y Tecnología quiere centrarse en dicho talento y promoverlo. De acuerdo con su director ejecutivo Jacques Guerette: “Queremos ayudar a las personas autistas para que puedan desarrollar sus talentos porque creemos que son las y los líderes de las empresas tecnológicas del futuro”.
Quizás el Consejo de Ministros español pensaba en algo parecido cuando aprobó la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
Esta nueva ley transpone al Derecho español la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de octubre de 2014 por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos -también conocida como Directiva de Reporting en Responsabilidad Social Corporativa o Directiva de Reporting RSC- y que además contiene la obligación de informar sobre la política de diversidad en relación a los empleados y directivos de las empresas.
La Directiva de la Unión Europea no exige que haya una política de liderazgo que incluya la discapacidad.
Dicha ley se publicó en el BOE a finales del 2018 y de acuerdo con la disposición transitoria es de aplicación retroactiva, con efectos desde el 1 de enero de 2018.
De acuerdo con el artículo 2 número 8 de la nueva ley, el “Consejo de Administracion deberá velar por que los procesos de selección de sus miembros favorezcan la diversidad respecto a cuestiones como la edad, el género, la discapacidad o la formación y experiencia profesionales”.
Lo llamativo de esta ley es que va más allá de la Directiva de la Unión Europea, que exige “una descripción de la política de diversidad aplicada en relación con los órganos de administración, dirección y supervisión de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, o la formación y experiencia profesionales”. La normativa europea no exige que haya una política de liderazgo que incluya la discapacidad.
A nivel internacional, existe la convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad. En dicha convención se menciona la igualdad de oportunidades de personas con discapacidad en mercado laboral; no se menciona la iguadad de oportunidades en cargos de liderazgo.
Un informe sobre los Objetivos de la Agenda 2030 muestra que, por ejemplo, “la proporción de personas con discapacidad que viven por debajo del umbral de la pobreza es mayor que la de aquellas que no la tienen, debido a una falta de políticas de protección social. El secretario general de la ONU pide integrar sus voces y preocupaciones en las agendas y políticas nacionales”.
Otra normativa de índole internacional es la Directiva 2000/78/CE del Consejo de 27 de noviembre de 2000 relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación. La Directiva permite acciones positivas (una cuota sería una acción positiva) no obstante no menciona el tema del liderazgo.
El Consejo de Ministros español no estaba obligado por ninguna normativa internacional a incluir la discapacidad en la descripción de la política de diversidad para los consejos de administración.
Una normativa nacional española es la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre), que tampoco hace mención especial a la parte alta de la estructura empresarial.
El Consejo de Ministros español, por tanto, no estaba obligado por ninguna normativa internacional a incluir la discapacidad en la descripción de la política de diversidad para los consejos de administración.
En España, en la última encuesta de discapacidad, autonomía personal y situaciones de dependencia realizada por el INE y publicada en el 2008, las personas con discapacidad suponían el 8,5% de la población. Entre los problemas más frecuentes que causaban la discapacidad -entendiendo por deficiencia cualquier problema en alguna estructura o función corporal- se encontraban las que afectaban a los huesos y articulaciones (39,3%), las del oído (23,8%), las visuales (21%) y las mentales (19%).
Ningún otro estado miembro de la unión europea ha incluido la discapacidad en las políticas de diversidad, ni Francia, ni Alemania.
Otra vez más España demuestra su liderazgo a nivel internacional en la garantía de igualdad de oportunidades para cualquier ser humano.
Ahora está en las manos del tejido empresarial que esta ley no solamente se quede en el papel, sino se aplique en la práctica. Un ejemplo es el de Canadá y su integración de las personas con autismo, como líderes del mañana.
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