Foro de la Contratación Socialmente Responsable

COMUNIDAD VALENCIANA
Gandía amplía las cláusulas sociales y medioambientales de Contratación

valenciaextra.com 17.09.18

Prieto ha recordado que ya en octubre de 2016, el Ayuntamiento de Gandia se convirtió en uno de los consistorios pioneros al aprobar las primeras cláusulas de responsabilidad social en los pliegos administrativos en las licitaciones municipales.

“Hoy volvemos a ser referentes, porque ampliamos las cláusulas aprobadas en 2016 con esta Instrucción, que profundiza, mejora, amplía y concreta las cláusulas sociales y medioambientales, y que marca un nuevo criterio de exigencia ética y transparencia en nuestra contratación pública” ha declarado el edil quien ha añadido que “Esa exigencia no es solo un parámetro de ética en nuestra administración. Estamos convencidos de que es también una herramienta que proporciona más calidad-precio en la prestación de nuestros servicios públicos. Es decir, que contribuye a prestar mejor nuestros servicios, y a hacerlos más eficientes”. “Más eficiencia, menos coste, mejor prestación: como por ejemplo, en la gestión de la red de Escoletes infantiles municipales. Vamos a volverlo a demostrar en todas las demás licitaciones, con la incorporación de este clausulado ampliado”.

La nueva Instrucción se ha desarrollado en la Comisión de Coordinación municipal, constituida hace unos meses con el fin de analizar y examinar todos los servicios que presta el ayuntamiento, y las licitaciones que se prestan de nuevo o que se pretenden mejorar.

En este punto, Prieto ha querido agradecer “todo el trabajo técnico de esta Comisión, que ahora se traslada a resultados, y que es también un compromiso de nuestro Programa de Gobierno: fiscalizar y mejorar los servicios públicos para prestarlos mejor con el fin de seguir siendo una Administración irreprochable”.

Esta instrucción pretende entre otros objetivos prestar servicios más eficientes y como novedades contempla la inclusión de más criterios sociales y medioambientales; reservas en los contratos para las empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social; y facilitar el acceso a la contratación pública a las pequeñas y medianas empresas, y a las empresas de economía social.

El edil ha declarado que la Instrucción estará puesta en marcha en menos de un mes y que ello implicará diversas medidas:

1. Se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral.

2. Se incorporan las políticas en materia social, medioambiental, de innovación y desarrollo y de promoción de las PYMES en los pliegos de nuestras licitaciones.

3. El Ayuntamiento de Gandia se reserva el derecho a participar en los procedimientos de adjudicación de determinados contratos o de determinados lotes de contratos solo a Centros Especiales de empleo de iniciativa social y a empresas de inserción reguladas. De esta manera se busca facilitar que se incorporen al mercado de trabajo los trabajadores que llevan tiempo expulsados de éste, y para ello se pondrá a disposición de los contratistas estos programas, con el fin de evitar el fracaso de la incorporación al trabajo de los trabajadores desempleados.

Prieto ha incidido en diversos puntos de la Instrucción como la reserva de al menos el 5% del volumen de contratación anual a Centros Especiales de Empleo y empresas de inserción, y que esta medida estará contemplada en el Plan de Contratación de cada año.

Los contratos que serán susceptibles de reserva serán los de obras de conservación, mantenimiento de espacios públicos, jardines, conservación y mantenimiento de inmuebles, mensajería, distribución, artes gráficas, recogida de residuos, servicios sociales y suministros auxiliares para el funcionamiento de la administración. No incluyen aquellos donde hay subrogación de personal.

En este tipo de contratos reservados podrán participar empresas o centros que acrediten que al menos entre el 30 y el 50% de sus empleados son trabajadores en riesgo de exclusión social.

Además se reservarán contratos de servicios sociales, culturales y de salud a entidades que tengan una misión de servicio público de esta índole; que reviertan sus beneficios con el fin de alcanzar esos objetivos; que tengan estructuras de dirección basadas en la propiedad de sus empleados (cooperativas, sociedades laborales…).

CLÁUSULAS SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES COMO CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

A. Sociales.

– En primer lugar, se exigirá como requisito de solvencia técnica o profesional adicional la debida experiencia, conocimientos y medios técnicos y humanos en este ámbito de temática social y medioambiental. Aspecto que será definido de forma clara en los pliegos de condiciones.

– Se exigirá que se incorpore por escrito en las ofertas la definición de los perfiles profesionales, concreción de puestos de trabajo y sus condiciones de trabajo y se exigirá aportar luego las altas en Seguridad Social, contratos y TC1 y TC2 y se reforzará la inspección para cumplir con los derechos laborales y las buenas prácticas.

– Las cláusulas estarán referidas a estos ámbitos:

1. La contratación de personas con dificultades de acceso al mercado laboral: preceptoras de renta mínima de inserción, discapacidades superiores al 33%, personas en riesgo de exclusión social, víctimas de violencia de género, etc.

2. Subcontratación de una parte de las prestaciones objeto del contrato con Centros especiales de empleo, Empresas de Inserción y entidades sin ánimo de lucro que tengan programas de empleo protegido.

3. Primar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Se valorará mayor proporción de mujeres, y de mujeres en puestos de responsabilidad, se primará contratar víctimas de violencia de género, mujeres con discapacidad y dificultades de acceso al mercado, y medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral.

4. Primará apostar por la calidad en el empleo. Propuesta de mejora de condiciones laborales y salariales y compromiso de asignar a la ejecución del contrato personal con contrato indefinido.

5. Proyectos de inserción socio laboral.

6. Fomento del empleo de personas jóvenes.

7. Fomento del empleo autónomo.

B. Medioambientales y de comercio justo.

1. Accesibilidad universal y diseño para todas las personas.

2. Integración del comercio justo, por ejemplo en cáterings o máquinas vending del Ayuntamiento.

3. Criterios de sostenibilidad medioambiental en todos los servicios que se prestan. Se valorará el menor impacto ambiental, el ahorro de energía o el uso de procedimientos ecológicos.

Con respecto a los criterios de desempate se establecen la preferencia por trabajadores con discapacidad superior al exigido por ley; la apuesta por empresas de inserción; proposiciones presentadas por entidades sin ánimo de lucro en los contratos sociales; aquellos con alternativas de comercio justo o los que apuesten por la igualdad de hombres y mujeres.

En cuanto a los criterios de ejecución:

– Se vigilará la creación de empleo de personas con dificultades de acceso al mercado de trabajo y el compromiso de subcontratación con empresas de inserción.

– El contratista deberá contratar, sin hay subrepresentación, al menos al 20% de mujeres en su presupuesto de mano de obra.

– Se vigilará la estabilidad laboral: plantilla indefinida deberá estar entre el 10-60%.

– Discapacidad: se deberá contratar un trabajador discapacitado por cada 15.

– Se dará cuenta semestralmente desde el departamento de Contratación a la comisión correspondiente de la ejecución de estos objetivos, y se publicará en el Portal de Transparencia.