Foro de la Contratación Socialmente Responsable

Por qué hay que llamar “personas con discapacidad” a este colectivo y está mal decir "diversidad funcional"

SERVIMEDIA 02.02.23

Históricamente ha habido distintas maneras de referirse al colectivo de personas con discapacidad. Algunos de esos términos hoy no se consideran aceptables a nivel social, como “disminuidos”, cuya definición en el diccionario de la RAE eliminó en 2020 cualquier referencia hacia este colectivo por el movimiento cívico y político que había comenzado tres años antes para suprimir dicha expresión de la Constitución española, donde se plasmó en 1978 y todavía persiste por la falta de acuerdo parlamentario para retocarlo.

Hay otros usos más habituales actualmente, como “discapacitados” o “diversidad funcional”. Sin embargo, el término adecuado para referirse a este grupo social es expresamente "personas con discapacidad", y no otro.

De hecho, la legislación española ha incorporado el término “personas con discapacidad” en los últimos años, con la excepción de la Carta Magna, que se encuentra actualmente en proceso de negociación tras un principio de acuerdo alcanzado este mes de enero entre PSOE y PP para retocar el artículo 49 de la Constitución, que ha quedado socialmente desfasado al hablar todavía de "disminuidos".

AMPARO DE NACIONES UNIDAS

La expresión "personas con discapacidad" está amparada por Naciones Unidas desde 2006. Entonces se celebró la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad con el objetivo de proteger sus derechos y “promover el respeto de su dignidad inherente”.

Inmediatamente después de su aprobación el 13 de diciembre de 2006, España dio luz verde dos días después a la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que incluía en la disposición adicional octava una puntualización sobre la terminología.

“Las referencias que en los textos normativos se efectúan a 'minusválidos' y a 'personas con minusvalía' se entenderán realizadas a 'personas con discapacidad'. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las disposiciones normativas elaboradas por las Administraciones Públicas utilizarán los términos 'persona con discapacidad' o 'personas con discapacidad' para denominarlas”, proclamaba la nueva normativa.

Esto significa que, desde 2007, todas las leyes en España hablan siempre de “personas con discapacidad”, y las leyes aprobadas antes de esa fecha, aunque tengan otros términos, también se refieren desde ese momento a lo mismo.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) es el máximo defensor de que el colectivo sea tratado con un lenguaje digno. En sus argumentarios, a los que ha tenido acceso Servimedia, recuerda que la Convención de la ONU "es el marco referencial político, legislativo, jurídico y terminológico de esta realidad a escala mundial, europea y nacional". Por lo tanto, "vincula a España y a todos sus poderes" a hablar de "personas con discapacidad”, por lo que cualquier otra referencia (como “diversidad funcional” o "capacidades diferentes") resulta "absolutamente desconocida y no tiene reconocimiento ni homologación mundial ni europea".

Incluso, recuerda que la legislación española introdujo en 2006 la referencia a "personas con discapacidad", por lo que cualquier administración pública, ya sea local, regional o local, "que no usase esa denominación en su normativa o en sus actos administrativos estaría vulnerando la ley estatal".

Desde la oficina del Defensor del Pueblo ratifican a Maldita.es que “el Defensor del Pueblo es contrario a cualquier expresión normativa que pueda constituir un trato incorrecto hacia las personas con discapacidad”, y por tanto apoyan que el término se modifique también en la Constitución.

El Cermi ya apuntó en 2021 con la campaña #PersonasConDiscapacidad que emplear otras palabras para hablar de las personas con discapacidad "causa graves confusiones en el ámbito jurídico y social, incluso puede implicar retrocesos en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad”

CAMBIO EN EL DICCIONARIO

En enero de 2021, la RAE emitió un informe para que la modificación del artículo 49 de la Constitución española sustituyese el término “disminuidos” por el de “discapacitados”. Sin embargo, el Cermi volvió a advertir de que se trata de un error y una ofensa para el colectivo.

“Cermi rechaza el término 'discapacitados' propuesto por la RAE para la Constitución y defiende 'personas con discapacidad'. Utilizar discapacitados parte de la inteligencia de que la discapacidad es el factor que define y condiciona absolutamente a la personas, cuando es una nota más dentro de una construcción individual compleja y multidimensional", adujo entonces.

Otro término habitual desde hace algunos años es el de “diversidad funcional”, planteado en 2005 por Javier Romañach, activista social e inventor afectado por una paraplejia desde los 28 años a causa de un accidente de tráfico. En el manifiesto que publicó planteando el uso de este término como una alternativa sin connotaciones negativas, a diferencia de las que tienen otras fórmulas como la de personas con discapacidad, argumentaba que “las mujeres y hombres con diversidad funcional somos diferentes, desde el punto de vista médico o físico, de la mayor parte de la población. Al tener características diferentes, y dadas las condiciones de entorno generadas por la sociedad, nos vemos obligados a realizar las mismas tareas o funciones de una manera diferente, algunas veces a través de terceras personas”.

Pese a la buena intención original, asociaciones que representan oficialmente al colectivo han criticado esta fórmula, como el Comité Catalán de Representación de las Personas con Discapacidad (Cocarmi) con el argumento de que "hace invisible al colectivo, puede generar confusión e inseguridad jurídica y rebajar la protección que todavía necesitamos".

A su juicio, con esa opción “corremos el riesgo de esconder una realidad conocida a la que tenemos que hacer frente día a día en un entorno donde es fundamental trabajar en la defensa de nuestros derechos”. El Cermi rechaza frontalmente este término y en sus normas de estilo establece que “debe evitarse en cualquier caso, como contraria a los valores, cultura y acervo Cermi y de su movimiento social, la utilización de la expresión personas con diversidad funcional para referirse a las personas con discapacidad”.

DEL EUFEMISMO AL PATERNALISMO

El Cermi también defiende que son las propias personas con discapacidad las que han elegido llamarse así y lo han plasmado a nivel mundial en la Convención de la ONU de 2006. Rechaza que "instancias ajenas a ellas, como administraciones, técnicos, profesionales, o docentes, les digan cómo han de denominarse".

"Eso es un despotismo impropio de la realidad vigente que las personas con discapacidad no van a aceptar. El movimiento social a escala mundial, europea y española de personas con discapacidad, abrumadoramente, se inclina por usar personas con discapacidad, y debe ser respetado en su elección sin dirigismos, paternalismos o tutelas, siempre rechazables y hasta ofensivas", recalca en sus normas de estilo.

Por eso, ha criticado que "una exigua minoría, no representativa" proponga otra terminología que "no cuenta con un consenso mínimo" en el sector. "Es respetable que cada quien se llame a sí mismo como desee, pero no puede imponerlo a los demás, cuando encima, estos, son mayoría amplísima".

Incluso, critica que haya "políticos oportunistas y frívolos, que creen que echando mano del expediente fácil de cambiar el lenguaje cambian el mundo cuando sus prácticas los contradicen" y que se sumen a la corriente "periodistas cursis que buscan estar pretendidamente a la moda" o empresas que adoptan una terminología "eufemística y perifrástica" que resulta "la expresión máxima de una corrección política extrema".

En la misma línea se han propuesto, y también rechazado por diversas organizaciones que representan a estas personas, fórmulas como la mencionada de “personas con capacidades diferentes”, que en los últimos años han asumido grandes empresas desde una visión de la responsabilidad social que las entidades de la discapacidad entienden equivocada.

“El problema de buscar un término que se deshaga totalmente de las connotaciones negativas es que, efectivamente, se deshaga de ellas y pierda al tiempo la capacidad de buscar un cambio que arranca precisamente en esas connotaciones", explica Héctor Fouce, profesor de Semiótica y director del grupo de investigación Semiótica, Comunicación y Cultura de la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid

En su opinión, quienes caen en otras fórmulas distintas a la legales corren el riesgo de elegir una fórmula que el resto de la sociedad, más allá del colectivo de personas con discapacidad, no comprenda plenamente: "La lengua no sirve solo para definirnos a nosotros mismos de puertas adentro, también tiene que servir para entendernos con los otros, con la sociedad en general".

Por su parte, Aurora Gómez, psicóloga, explicó a Maldita.es que, en cuanto a terminología, habría que diferenciar entre las fórmulas que se emplean en la conversación pública para hablar de un colectivo “y la etiqueta que cada persona quiera ponerse a sí misma". "Para eso lo mejor será siempre preguntar a la otra persona cuál es la mejor forma de referirnos a esa característica suya, si es que queremos o necesitamos hacerlo”.