Foro de la Contratación Socialmente Responsable

El Congreso aprueba definitivamente la Ley del Tercer Sector

Teinteresa.es 01.10.15

El texto llegó a la Cámara Baja con una única enmienda procedente del Senado, auspiciada por el PP como disposición adicional transitoria que establece ayudas directas para este año a 37 entidades colaboradoras con la Administración General del Estado, y que contó con 282 votos a favor, 7 en contra y 19 abstenciones.

El importe global de las subvenciones directas asciende a 10.571.500 euros, desglosadas en cuatro partidas: programas de personas con discapacidad (4.100.000), actuaciones de acción social (4.019.310), programas de infancia y familias (2.347.190) y la Fundación Víctimas del Terrorismo (105.000).

La ley se configura como el primer marco jurídico por el que se reconoce el desempeño de las actividades que desarrollan las organizaciones que se dedican a la solidaridad, la igualdad de oportunidades, la inclusión y la participación.

Además, reconoce legalmente los organismos ya existentes de participación institucional e interlocución entre las administraciones públicas y las ONG para la elaboración y el seguimiento de las políticas públicas orientadas a apoyar a las personas más vulnerables.

La norma tiene como objeto fortalecer la capacidad del Tercer Sector de Acción Social como interlocutor ante la Administración General del Estado para el diseño, aplicación y seguimiento de las políticas públicas en el ámbito social, con el fin de asegurar un desarrollo armónico de las políticas sociales, una identificación correcta de las necesidades de los grupos afectados y un óptimo aprovechamiento de los recursos.

COBRO DE DEUDAS

Además, las ONG que realicen actividades de servicios sociales para comunidades autónomas y ayuntamientos recibirán el mismo trato que las empresas para cobrar las deudas que estas administraciones públicas contraigan con las organizaciones sociales.

“Las obligaciones pendientes de pago de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales con las Entidades del Tercer Sector de Acción Social como resultado de conciertos y convenios suscritos en materia de servicios sociales tendrán tratamiento análogo al de otros proveedores”, señala el texto.

En este sentido, señala entre los objetivos de las políticas públicas en este ámbito “incluir en los planes de estudio de las diferentes etapas educativas aquellos contenidos y referencias al Tercer Sector de Acción Social precisos para su justa valoración como vía de participación de la ciudadanía y de los grupos en los que se integra la sociedad civil”.

Otros son que las administraciones públicas facilitarán el acceso a las fuentes de financiación disponibles y promoverán los programas de inclusión social de personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad, personas y grupos en riesgo de exclusión social y de atención a las personas con discapacidad o en situación de dependencia.

La ley señala que las entidades del Tercer Sector de Acción Social “gozarán de los máximos beneficios fiscales” y podrán acogerse al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y a los incentivos fiscales al mecenazgo, lo que reporta mayores ventajas.

Asimismo, prevé la aprobación por el Gobierno, en el plazo de 12 meses, de un programa de impulso de las entidades del Tercer Sector de Acción Social, el cual contendrá medidas de promoción, difusión y formación de las entidades sociales.

Por último, el texto insta a regular el Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social y la Comisión de Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector, y a que el Gobierno mantenga actualizado un inventario de entidades, que será accesible por medios electrónicos para las personas con discapacidad.