Preferencia por los proveedores que promuevan la accesibilidad
Esta cláusula habría de incluirse en el Código Ético de Proveedores de la empresa.
Tendrán preferencia para contratar con la empresa aquellos proveedores que cumplan en mayor grado los estándares de accesibilidad y diseño para todos.
A tal efecto, se exigirá a cada proveedor que acompañe a su oferta el compromiso de elaborar los productos y servicios que se van a poner a disposición conforme a dichos estándares, adjuntando la documentación técnica que acredite su consideración en el proceso de producción.
El incumplimiento de tal compromiso se considerará causa de resolución contractual.