AYUNTAMIENTO DE GIRONA
A DESTACAR (Cláusula 20.ª))
XX. CLÁUSULA SOCIAL
El contratista adjudicatario está obligado a reservar 3 puestos de trabajado para ser ocupados por tres trabajadores seleccionados por la propia empresa entre los propuestos por el Ayuntamiento. La expresada cláusula se configura como una condición de cumplimiento del contrato ya adjudicado y no actuará como un criterio de selección ni de adjudicación en el proceso selectivo.