Siguiendo la definición ofrecida por la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la Comisión Europea en la Guía “Adquisiciones sociales. Una guía para considerar aspectos sociales en las contrataciones públcias”, podríamos definir la Contratación Social como las operaciones de contratación que tienen en cuenta uno o más de los siguientes aspectos sociales: oportunidades de empleo, trabajo digno, cumplimiento con los derechos sociales y laborales, inclusión social (incluidas las personas con discapacidad), igualdad de oportunidades, diseño de accesibilidad para todos, consideración de los criterios de sostenibilidad, incluidas las cuestiones de comercio ético y un cumplimiento voluntario más amplio de la responsabilidad social de las empresas (RSE), a la vez que se respetan los principios consagrados en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y las Directivas de contratación. La Contratación Social puede ser una herramienta muy eficaz para avanzar en el desarrollo sostenible y para alcanzar los objetivos sociales de la UE (y los Estados miembros).
La Contratación Social cubre una amplia escala de aspectos sociales, los cuales pueden tener en cuenta las entidades adjudicadoras en la etapa apropiada del procedimiento de contratación. Los aspectos sociales pueden combinarse con los aspectos ecológicos en un enfoque integrado hacia la sostenibilidad en las contrataciones públicas.